sábado, 25 de mayo de 2013
MUJER.-VISTA A LA LUZ DE LA CONSTITUCION
Por Franklyn Vicente
a propósito del Día de las madres
El connotado educador Mexicano, Abel Pérez Rojas, expuso en una de sus frases aquel “los varones tenemos que agradecer el progreso de las mujeres en las últimas décadas, pues en gran parte, gracias a su avance, hoy sabemos más de la masculinidad"
Sin lugar a dudas el avance experimentado por las féminas en República Dominicana, ha aportado significativamente al crecimiento de nuestra nación en todos los niveles y al mismo tiempo han sido el elemento base para que el hombre transcienda en los diversos escenarios en los que interactúa en nuestra amada Quisqueya.
Las importancia de este ser, es lo que imperó al legislador a crear los mecanismos para protegerla de los atropellos y vejaciones a los cuales se exponen en su diario vivir.
Por lo tanto al momento de redactar la Constitución dominicana, en su artículo 42, referente a la integridad personal, se establece que: “toda persona tiene derecho a que se respete su integridad física, psíquica, moral y a vivir sin violencia. Tendrá la protección del Estado en casos de amenaza, riesgo o violación de las mismas”.
La carta magna es clara al especificar que toda persona merece respeto, sin importar género, religión, profesión, color de piel, es decir todos estamos protegidos por las leyes dominicanas.
Ahora bien, lo que establece este articulo esta totalmente divorciado con el trato inhumano al cual es sometida la mujer dominicana actualmente, a los actos de barbarie que se han consumado en la actualidad, violando la integridad física, psíquica, moral de mujeres intachables de nuestra sociedad.
En consecuencia, es preciso exponer que en virtud de dicho articulo en sus numerales 1) y 2) establece que:1) “Ninguna persona puede ser sometida a penas, torturas o procedimientos vejatorios que impliquen la pérdida o disminución de su salud, o de su integridad física o psíquica”.
2) “Se condena la violencia intrafamiliar y de género en cualquiera de sus formas. El Estado garantizará mediante ley la adopción de medidas necesarias para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer”.
El legislador es tajante al condenar la violencia intrafamiliar y de genero, recalcando en la parte in-fine del numeral 2, que el Estado garantizará y adoptará las medidas de lugar para erradicar o eliminar la violencia contra el sexo mas débil.
En el mismo tenor, el Código Laboral de la Republica Dominicana, atendiendo los lineamientos constitucionales, establece en forma específica la protección a la mujer embaraza y sanciona su discriminación en los artículos 233, 234 y 235. Asimismo en el artículo 47 se prohíbe a los empleadores el acoso sexual a las trabajadoras.
Retomando el marco constitucional, en su articulo 55, referente a derechos de la familia, la Ley de Leyes plantea que: “la familia es el fundamento de la sociedad y el espacio básico para el desarrollo integral de las personas. Se constituye por vínculos
Naturales o jurídicos, por la decisión libre de un hombre y una mujer de contraer
Matrimonio o por la voluntad responsable de conformarla”, es decir que la familia es una institución, donde existen dos personas, con iguales derechos y que ambos se deben respeto mutuo.
Es por esta razón que en dicho articulo, específicamente en el numeral 1, se establece que en la formación y desarrollo de la familia “la mujer y el hombre gozan de iguales derechos y deberes y se deben comprensión mutua y respeto recíproco”. Y al mismo tiempo en el numeral 2), llama al estado a garantizar la protección de la familia.
En el numeral 3) de dicho articulo plantea la forma mas idónea para promover y proteger la organización de la familia, agregando que: “el Estado promoverá y protegerá la organización de la familia sobre la base de la institución del matrimonio entre un hombre y una mujer. La ley establecerá los requisitos para contraerlo, las formalidades para su celebración, sus efectos personales y patrimoniales, las causas de separación o de disolución, el régimen de bienes y los derechos y deberes entre los cónyuges”
Empero, los numerales 5 y 6, donde se concreta el rol importante de los conyugues, sin importar genero, donde se expone que: “la unión singular y estable entre un hombre y una mujer, libres de impedimento matrimonial, que forman un hogar de hecho, genera derechos y deberes en sus relaciones personales y patrimoniales, de conformidad con la ley”.
Somos partidarios de que es en este numeral donde radica se especifica claramente, que el matrimonio es entre un hombre y una mujer, con la aprobación de ambos, de donde se concibe nacen deberes entre ambos al mismo tiempo derechos, que no pueden ser alterados.
Otro punto importante que no podemos omitir es, el de la maternidad, el mismo esta consagrado en el numeral 6), del articulo 55 y en el mismo se establece que “la maternidad, sea cual fuere la condición social o el estado civil de la mujer, gozará de la protección de los poderes públicos y genera derecho a la asistencia oficial en caso de desamparo”.
Sin lugar a dudas la maternidad, es lo más hermoso que una mujer posee, el hecho de ser co-creadora, de dar vida, es digno de admiración y de ser protegido sin importar condiciones sociales.
Este artículo podría consumir, paginas innumerables, por la importancia de la musa y por la cantidad de material interesante sobre el tema que nos ocupa.
F.V.V
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Franklyn, es interesante tu exposicion, el monton de leyes y articulos son innumerables como tu dices pero, ademas de la aplicacion de las leyes y los mecanismos para su aplicacion, necesitamos reforsar LA EDUCACION a todos los niveles, columna vertebral del desarrollo y enemiga por excelencia de la ignorancia.
ES super interesante esta publicacion.FELICITANDO A FRANKLYN por esta informacion de leyes esta bien importante ya que muchos dominicanos no conosemos nuestro derechos.QUIERA DIOS QUE ALGUN DIA SE CUMPLAN TODAS ESAS REGLAS DE PROTECTION EN EL PAIS BAMOS A RESAR PARA K SE AGA REALIDAD PORQUE FUERA BONITO SI SE RESPECTERAN LAS MENCIONADA LEYES!
se olvidaron del el dia de la madre siempre teniar reporteje y ni eso hay este ano
Excelente articulo Franklin te animo a que sigas escribiendo sobre esos interesantes temas cada vez que el tiempo te lo permita. Un abrazo.
Geovanny Vicente Romero
Gracias hermano, un placer inmenso recibir una opinion de un amigo y compañero de aulas, que es ejemplo de superacion para el joven dominicano, tambien soy un fiel seguidor a los articulos de caracter penitenciario que has venido publicado por este medio local.
Un caluroso saludo para ti hermano.
Franklyn Vicente
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